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Prensa

Sistema de Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios de la Asociación Civil CampoLimpio SGE: Programa de Incentivos por devolución de envases

Buenos Aires | Septiembre de 2022


TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA:

I. DEL OBJETO.

La Asociación Civil CampoLimpio SGE, (CUIT 30-71670142-1) con domicilio en Av. Santa Fe 1193, Piso 4, Oficina 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante indistintamente “Asociación”, “CampoLimpio” u Organizador) lanza el presente programa de incentivos para la devolución de envases vacíos de fitosanitarios (en adelante indistintamente “Programa de Incentivos” o Programa), en los Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT) del territorio de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Sistema de Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios de la Asociación (en adelante “Sistema de Gestión”).

II. ÁMBITO GEOGRÁFICO. 

El Programa será válido en la Provincia de Buenos Aires (el “Territorio”) y se regirá por lo establecido en el presente documento.

III. DE LOS PARTICIPANTES. 

Requisitos. Inscripción. Participarán en el Programa todos los Aplicadores (en adelante indistintamente Participantes o Aplicadores) inscriptos en la Cámara Agro Pulverizadores de la Provincia de Buenos Aires (CAPUBA) que devuelvan los envases vacíos de fitosanitarios en los CAT de la Provincia de Buenos Aires.

Al efecto CAPUBA remitirá los CUIT de sus Aplicadores inscriptos. Dichos datos serán cargados al Sistema informático de CampoLimpio a los efectos de identificar su aptitud de participación en el Programa.

Los Aplicadores deberán contar con todas las habilitaciones pertinentes durante la vigencia del presente TyC y mantener de manera ininterrumpida su inscripción a CAPUBA. Ambos elementos son condicionantes para participar en los sorteos y eventualmente acceder al premio.

Mecánica de participación. En el momento que concurra al CAT, el Aplicador deberá proporcionar su CUIT y el CUIT del Productor de quien este devolviendo los envases vacíos de fitosanitarios. Resulta indispensable que brinda ambos datos para su participación del presente sorteo.

Protección de datos personales. CampoLimpio manifiesta que todos datos a los que tendrá acceso se encuentran amparados por la Ley N° 25.326, sus modificatorias y complementarias, de protección de datos personales. El titular de los datos, tendrá derecho a acceder a dicha información, solicitar su rectificación, actualización y/o supresión, conforme se desprende de la mentada Ley.

Exclusiones. No podrán participar los Aplicadores que no se encuentren inscriptos en CAPUBA, ni aquellos inscriptos o no inscriptos que retornen envases en CAT o Jornadas fuera de la provincia de Buenos Aires.

Descalificación. La Asociación se reserva el derecho, a su entera discreción, de descalificar al Participante cuya actuación o conducta sea contraria al espíritu o la intención del Programa o de estos TyC, a su entera discreción.

IV. DE LA VIGENCIA. 

El presente Programa tendrá vigencia desde las 00:00 horas del día 01 de septiembre de 2022 hasta las 23:59 horas del día 31 de octubre de 2022, ambas fechas inclusive (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). Las devoluciones efectuadas fuera del Plazo de Vigencia no serán tenidas en cuenta a los efectos de este Programa.

V. DE LOS INCENTIVOS. 

El Programa de Incentivos contempla los siguientes premios:

a) 1er. Premio denominado “Reconocimiento al mérito por buena gestión y volumen”, consistente en: Un (1) viaje para dos (2) personas a Río de Janeiro, Brasil.

b) 2do. Premio denominado “Compromiso sustentable”, consistente en: Un (1) viaje para dos (2) personas a Río de Janeiro, Brasil. 

Ambos premios incluyen: (i) Tickets ida y vuelta aérea, según disponibilidad para el ganador y un (1) acompañante con destino a Rio de Janeiro, Brasil. (ii) Hospedaje por siete (7) noches para dos (2) personas en Hotel de cuatro (4) estrellas o similar con desayuno incluido.

No incluye: (i) traslados desde el lugar de residencia habitual del Ganador y acompañantes desde y hasta el aeropuerto internacional de salida, (ii) traslados y excursiones en la ciudad donde se goce del Premio, (iii) comidas ni ningún viático adicional durante los traslados ni la estadía

(iv) cobertura por daños durante la estadía en el alojamiento, ni ninguna otra prestación, bien ni servicio distinto de los indicados en esta cláusula. Todos los gastos y costos no enumerados en la descripción del Premio, no están incluidos en el Programa y son exclusiva responsabilidad del Ganador y sus acompañantes. El derecho a su asignación es intransferible, no podrá ser vendido ni sorteado ni podrá requerirse su canje por dinero ni por otros bienes o servicios, y deberá ser utilizado por el Ganador y sus acompañantes.

La cobertura médica y seguros durante el viaje y estadía, comidas y bebidas, gastos, impuestos o gastos personales, así como cualquier otra erogación que no sea la expresamente incluida corre por cuenta del Participante ganador.

El ganador es responsable de cualquier obligación de declarar el premio a las autoridades fiscales pertinentes y de remitir, aceptar o pagar cualquier impuesto, tasa, retención y/o gasto de cualquier tipo, que en virtud de la aplicación de la normativa fiscal pudieran ser aplicables, quedando CampoLimpio eximido de responsabilidad alguna en este sentido y no teniendo obligación alguna de proporcionar asesoramiento fiscal. Cualquier otro coste en el que se incurra, además de los mencionados anteriormente y que sean incidentales al cumplimiento del premio, es responsabilidad del ganador. La imposibilidad de concreción del Premio por parte del ganador por cualquier motivo implicará su pérdida.

Condiciones complementarias. El cumplimiento de las fechas previstas para el goce del Premio dependerá además de que:

(i) La normativa (nacional, provincial y municipal), vigente en las jurisdicciones del domicilio del Ganador y acompañantes, del lugar de disfrute del Premio y de todas aquellas jurisdicciones por las que deba transitar el Ganador y acompañante, desde/hasta sus domicilios y desde/hasta el lugar del alojamiento del Premio y viceversa, habiliten: (a) El levantamiento de la medida de aislamiento, social, preventivo y obligatorio y de toda medida actual o futura que se disponga, en miras de preservar la salud pública, tendiente a hacer frente a la situación epidemiológica desencadenada a partir del COVID-19; (b) La circulación de las personas por fuera del límite del departamento o partido donde residan el Ganador y sus acompañantes y el tránsito desde el lugar de residencia hasta el lugar de disfrute del Premio; (c) La habilitación de las actividades de turismo; (d) La habilitación de las reuniones sociales, con un mínimo de 4 (cuatro) personas. (ii) El Ganador y todos sus acompañantes, deberán estar excluidos de los grupos de riesgos, conforme los requisitos que establezca la normativa vigente a la fecha del disfrute del Premio; (iii) El Ganador y todos sus acompañantes, deberán a la fecha prevista para el disfrute del Premio, gozar de un excelente estado de salud y someterse a los controles y protocolos que establezca la normativa de cada jurisdicción; (iv) Durante todo el traslado y estadía, los Ganadores y acompañantes, deberán cumplimentar con el protocolo respectivo y con las medidas exigidas por las autoridades nacionales, provinciales y municipales; (v) El Organizador podrá añadir, disminuir y/o modificar los requisitos de acuerdo a lo que establezca las autoridades nacionales, gubernamentales y municipales y la normativa vigente y aplicable en cada una de las jurisdicciones.

Será de exclusiva responsabilidad del potencial Ganador del viaje que posea al momento de asignación del Premio, documentación migratoria vigente y cumplimente con todos los requisitos que establezca las autoridades nacionales, gubernamentales y municipales, caso contrario perderá automáticamente todo derecho a su asignación, sn derecho a reclamo o compensación alguna.

VI. DE LA MECÁNICA DE SELECCIÓN DE GANADORES. 

Los sorteos de los premios se llevarán cabo en presencia de un escribano público durante los meses de octubre y noviembre en fecha, horario y modalidad (virtual, presencial, híbrida) a definir. CAPUBA publicará en su página web con siete (7) días hábiles de anticipación dicha información para conocimiento de los Aplicadores. También será exhibido para conocimiento en los CAT.

En ambos meses se sortearán los dos premios. Sin embargo, los ganadores del mes de octubre no podrán participar del sorteo a realizarse en el mes de noviembre.

Será acreedor del 1er. Premio aquel Aplicador que mayor cantidad de envases vacíos de fitosanitarios haya entregado en los CAT. Para su cálculo se utilizará la unidad de medida kilogramos (kg) y se computarán los datos volcados en el Sistema informático de CampoLimpio. Complementariamente, el Aplicador Ganador deberá estar inscripto en CAPUBA y tener una calificación de gestión positiva (la cual surgirá del análisis declarado versus el recepcionado).

Respecto al 2do. Premio, se realizará un sorteo entre todos los Aplicadores que hayan participado del Programa, a excepción del ganador del premio anterior. Complementariamente, el Aplicador Ganador deberá estar inscripto en CAPUBA tanto al momento de la adjudicación del Premio como durante la vigencia del Programa.

Auditoría. CampoLimpio se reserva la facultad de auditar el stock de envases vacíos de fitosanitarios devueltos en cualquier momento durante el Plazo de Vigencia para determinar la consistencia entre la existencia física y los registros ingresados al Sistema.

VII. DE LA NOTIFICACIÓN Y ENTREGA.

Los ganadores deberán proporcionar una casilla de mail y teléfono de contacto a CampoLimpio. Por ese medio se le informará los datos de la Agencia de Viaje “Malma Empresa de Viajes y Turismo” (11 5142-4767) a la cual deberá contactar el Ganador para coordinar su premio (pasajes / hotel / fecha). En el caso de que CAPUBA o el Organizador decidiesen que la entrega del premio se hiciera de manera presencial, personal de cualesquiera de las entidades mencionadas se pondrá en contacto con el Ganador para coordinar fecha y horario.

El premio podrá ser utilizado hasta el 28/02/23. De todas maneras, para el caso de que el Ganador quiera gozar del premio con posterioridad, deberá abonar la diferencia económica correspondiente.

Los premios no podrán cambiarse por dinero en efectivo.

El ganador podrá reclamar el premio hasta dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la fecha del sorteo. Vencido dicho plazo, perderá automáticamente su derecho y no podrá efectuar reclamo alguno bajo ningún concepto a CAPUBA ni a CampoLimpio

VIII. USO DE IMAGEN.

Aquellos Aplicadores que resulten ganadores y sus acompañantes podrán suscribir la documental pertinente para prestar conformidad con el uso de su imagen a fin de que tanto CAPUBA como CampoLimpio puedan utilizar imágenes, testimonios, voces y videos en ocasión de la adjudicación y disfrute del Premio.

IX. RESPONSABILIDADES. 

El Organizador no será responsable por los daños o perjuicios que pudiere sufrir el Participante Ganador, o los terceros, o las personas que hagan uso de los Premios con motivo o en ocasión de la participación en la presente Promoción y/o en ocasión de la utilización de los Premios. Tampoco serán responsables del destino que los Ganadores le den a sus Premios, declinando todo tipo de responsabilidad frente a los Participantes Ganadores y/o sus sucesores y/o familiares y/o terceros, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante.

Quien resulte ganador deberá prestar conformidad sobre los presentes TyC y suscribir toda documentación que le solicite CampoLimpio.

Los presentes TyC estarán publicados en la pagina web de CAPUBA y exhibidos en los CAT.

X. RESERVAS.

CampoLimpio se reserva el derecho de no renovar el Plazo de Vigencia y/o de cancelar el Programa y/o de lanzar un nuevo programa con nuevos TyC, sin derecho a reclamo de ninguna índole por parte de los Participantes. La participación en el presente Programa de Incentivos es voluntaria y cualquier Aplicador podrá presentar su negativa a participar.

XI. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. 

Toda relación que en virtud que se genere en virtud del presente Programa, será regida y concertada con total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios competentes con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.